Cláusula 34. Salarios Iguales Y Personales
Contrato Colectivo de Trabajo CFE-SUTERM 2026-2028
Para trabajo igual desempeñado en puestos y jornadas iguales y en condiciones de eficiencia también iguales, se pagará salario igual, sin tener en cuenta nacionalidad, sexo o edad, entendiéndose por salario igual el correspondiente al Nivel de Desempeño de cada Grupo Orgánico, toda vez que los niveles superiores de desempeño y remuneración son personales, permanentes e intransferibles, en virtud de que las Personas Trabajadoras los obtienen como resultado de las evaluaciones periódicas del grado de cumplimiento, responsabilidad, eficiencia, disciplina, iniciativa, actitud y productividad, demostrados por cada uno de ellos en el desempeño de sus labores, tal y como lo establecen las Cláusulas 43.- ESCALAFÓN y 44.SISTEMA DE RECONOCIMIENTO AL DESEMPEÑO a quien le aplique.