Preguntas frecuentes
Respuestas rápidas a las dudas más comunes de los compañeros.
Este sitio
¿La información de este sitio es oficial?
Es información orientativa basada en el CCT 2026-2028, los Estatutos y las Reglas CIJUBILA. Ante cualquier duda prevalece el texto oficial y la orientación de tu representación sindical.
Jubilación
¿Soy de CIJUBILA?
Sí, si ingresaste a la CFE a partir del 18 de agosto de 2008 (o te reconocen antigüedad desde esa fecha). Si ingresaste antes, te aplica el Apartado Primero de la Cláusula 69.
¿Puedo sacar mi dinero del CIJUBILA antes de jubilarme?
No. Mientras siga la relación laboral no puedes disponer ni pedir la devolución. Al jubilarte, al obtener una pensión del IMSS o al dejar la CFE puedes solicitarlo o transferirlo a tu AFORE.
¿Qué porcentaje me conviene aportar al CIJUBILA?
Entre más aportas, más aporta la CFE (de 16.5% hasta 20% en 2027). Cada mayo puedes elegir. Usa la calculadora CIJUBILA para comparar escenarios.
Prestaciones
¿Cuántos días me dan si hospitalizan a mi hijo?
10 días laborables con goce de salario si tiene hasta 25 años (o cualquier edad con discapacidad). Aplica también para cónyuge, concubina(o), padre y madre. Ver Cláusula 54.
¿Cada cuánto me pueden dar lentes?
Cada dos años, hasta $4,300 más IVA para cristales y armazón, con receta del IMSS. Si cambia tu graduación antes, puede autorizarse el cambio. Ver Cláusula 62.
El IMSS no me dio cita y pagué un médico particular, ¿me lo regresan?
Sí, si demuestras la omisión, diferimiento o deficiencia del IMSS. Avisa dentro de 10 días, pide factura a nombre de la CFE y entrega tu solicitud en 30 días. Revisa la guía Reembolso de gastos médicos.
¿Cuánto me toca de aguinaldo?
70 días de Salario Diario Tabulado (Cláusula 31). Puedes estimarlo en Herramientas.
Sindicato
¿Cuánto es la cuota sindical?
El 2% de tu salario íntegro (Estatutos, art. 142). La mitad se queda en la sección y la otra mitad va al CEN.
¿Cuáles son mis derechos como agremiado?
Entre otros: voz y voto en asambleas, votar y ser votado, exigir información sobre tus asuntos laborales, presentar quejas por escrito y ser defendido ante la empresa (Estatutos, art. 114).
¿Cada cuándo debe haber asambleas?
Las asambleas ordinarias seccionales se celebran por lo menos dos veces al año (Estatutos, art. 88). Además, los secretarios General y de Finanzas deben informar por escrito el manejo del patrimonio sindical.
¿No encontraste tu respuesta?
Pregúntale directamente al contrato o escríbenos al buzón.