Cláusula 36. De La Subdivisión Del Trabajo
Contrato Colectivo de Trabajo CFE-SUTERM 2026-2028
Con el propósito de elevar la productividad, la CFE determinará la subdivisión del trabajo correspondiente a cada una de las clasificaciones de actividades establecidas de planeación, generación, transmisión, distribución, comercialización, administración, construcción, puesta en servicio, fabricación, operación, conservación, mantenimiento de equipo, almacenamiento, suministro, la prestación del servicio de internet y telecomunicaciones, a través de las líneas eléctricas, estructuras de telefonía celular, puntos de internet, cabinas telefónicas.
Para tal efecto, se procederá a:
I.- Fijar las bases y procedimientos de retabulación.
II.- Clasificar alfabéticamente cada una de las subdivisiones del trabajo dentro de las Ramas de Actividad.
III.- Determinar el salario de cada subdivisión de trabajo. IV.- Procurar que los salarios asignados a las subdivisiones de trabajo sean equivalentes entre las Ramas de Actividad.
TÍTULO CUARTO: DE LAS PERSONAS TRABAJADORAS
CAPÍTULO I: DE LOS PUESTOS DE TRABAJO