Cláusula 40. Personas Trabajadoras De Confianza
Contrato Colectivo de Trabajo CFE-SUTERM 2026-2028
En cumplimiento a lo dispuesto por la Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad, sus Reglamentos para el personal de confianza y el Estatuto Orgánico, el presente Contrato Colectivo de Trabajo no le es aplicable a las Personas Trabajadoras de Confianza, quienes son contratadas directamente por la CFE y que se encuentran comprendidas en el Tabulador de Personas Trabajadoras de Confianza.
Esta estipulación no impide que una Persona Trabajadora sindicalizada pueda, cuando reúna los requisitos, acceder a algún Puesto de Confianza, en cuyo caso se estará a lo que dispongan los Estatutos del SUTERM respecto de sus derechos sindicales.
Las funciones de las Personas Trabajadoras de confianza en general se ajustarán a las que se establecen en los términos del Artículo 9º de la Ley.
Es facultad exclusiva de la CFE, de acuerdo con las necesidades del servicio, cubrir los Puestos de Confianza, vacantes o de nueva creación; la CFE aplicará las políticas determinadas por el Consejo de Administración, cumpliendo con lo dispuesto por el Artículo 76 de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad, a través de su página web (cfe.gob.mx).
Las Personas Trabajadoras de confianza que al 16 de junio del 2021 ya prestaban sus servicios para la CFE les serán respetadas todas las condiciones y prestaciones de trabajo que venían disfrutando, por lo que en ningún caso las condiciones y prestaciones que se establezcan en los Reglamentos emitidos para dichos efectos, podrán ser inferiores.
Estas Personas Trabajadoras únicamente podrán ser separadas del empleo en los casos y por las causas comprendidas en la Ley. Para los que tengan más de 20 años de antigüedad, sólo podrán ser rescindidos por la comisión de hechos delictivos y en los casos a que se refiere el Artículo 161 de la Ley.
Este Contrato no es aplicable para el personal de confianza de Seguridad Física, por lo que se regirán por el Reglamento establecido para dicho personal.