Cláusula 39. Personas Trabajadoras De Base
Contrato Colectivo de Trabajo CFE-SUTERM 2026-2028
Son Personas Trabajadoras de base las que ocupan como titulares puestos consignados en los tabuladores anexos a este Contrato.
Los tabuladores respectivos contienen la lista de puestos correspondientes a cada Centro de Trabajo de la CFE, clasificados por Grupos Orgánicos de acuerdo al Plan de Carrera en las diversas Ramas de Actividad, especificándose en ellos la denominación, número de puestos autorizados por la CFE y salario de los mismos, el cual corresponde al Nivel de Desempeño dentro del rango de salario de cada Grupo Orgánico. Tratándose de las Personas Trabajadoras de turnos continuos, guardias y servicios especiales, también se incluye el complemento de tiempo extraordinario constante y la compensación por jornada nocturna, en su caso.
Los nuevos puestos de base sólo podrán crearse por la CFE para atender la mejor eficiencia operativa y se considerarán incluidos en los tabuladores correspondientes.
Cualquier modificación al Plan de Carrera y Tabulador, invariablemente deberá ser acordada entre las PARTES, debiendo agregarse al expediente del CCT.