Cláusula 5. Vigencia E Impresión Del Contrato
Contrato Colectivo de Trabajo CFE-SUTERM 2026-2028
El presente Contrato Colectivo de Trabajo se celebra por tiempo indeterminado y su vigencia iniciará el día 1º de mayo del 2026. Será revisable cada dos años a solicitud de cualquiera de las PARTES, presentada con la oportunidad legal, y los salarios en efectivo por cuota diaria, cada año, en los términos del Artículo 399 Bis de la Ley.
La CFE entregará a las Personas Trabajadoras por conducto del SUTERM el número de ejemplares impresos de este Contrato Colectivo equivalentes a las Personas Trabajadoras sindicalizadas, a más tardar 60 días después de la fecha de la emisión del acuerdo de aprobación por parte de la Autoridad Laboral competente para que el SUTERM los distribuya a la brevedad entre sus miembros.
La CFE y el SUTERM, publicarán en sus páginas electrónicas de comunicación interna, la versión oficial de este Contrato Colectivo, a más tardar 5 días hábiles después de la fecha de la emisión del acuerdo de aprobación de la Autoridad Laboral, a efecto de que las Personas Trabajadoras conozcan y consulten dicho Contrato.
En su caso, la CFE y el SUTERM podrán acordar utilizar adicionalmente otros medios electrónicos de comunicación e impresos.
La CFE brindará todas las facilidades para que las Personas Trabajadoras puedan ejercer su voto respecto de los procesos de democracia sindical conforme a la Ley.
CAPÍTULO II: DE LAS REGLAS ADICIONALES